Rellena Modelo 303 - Autoliquidacion del IVA online
El Modelo 303 es la declaracion trimestral de autoliquidacion del Impuesto sobre el Valor Anadido (IVA). Es el formulario con el que autonomos y empresas declaran el IVA repercutido (cobrado en sus ventas) y el IVA soportado (pagado en sus compras), y liquidan la diferencia con Hacienda cada trimestre.
Como rellenar Modelo 303 - Autoliquidacion del IVA
Recopilar todas las facturas del trimestre
Reuna todas las facturas emitidas (ingresos) y recibidas (gastos) del trimestre. Clasifiquelas por tipo impositivo de IVA: general (21%), reducido (10%) o superreducido (4%).
Calcular el IVA repercutido
Sume el IVA incluido en todas las facturas emitidas durante el trimestre, desglosado por tipo impositivo. Este es el IVA que ha cobrado a sus clientes y que debe ingresar a Hacienda.
Calcular el IVA soportado deducible
Sume el IVA de las facturas de gastos relacionados con su actividad que sean deducibles. Verifique que las facturas cumplen los requisitos formales (numero, datos del emisor, desglose de IVA). Reste el IVA soportado del IVA repercutido.
Cumplimentar el Modelo 303
Rellene el formulario indicando las bases imponibles y cuotas de IVA repercutido por tipo, las cuotas de IVA soportado deducible, las compensaciones de periodos anteriores y el resultado final (a ingresar o a compensar/devolver).
Presentar y liquidar
Presente el modelo telematicamente antes de la fecha limite. Si el resultado es a ingresar, realice el pago. Si es negativo, puede solicitar la devolucion en el ultimo trimestre del ano o compensarlo en trimestres siguientes.
Acerca de Modelo 303 - Autoliquidacion del IVA
Quien necesita este formulario
Todos los empresarios y profesionales que realizan actividades sujetas a IVA, incluidos autonomos, sociedades, comunidades de bienes y entidades en regimen de atribucion de rentas. Quedan excluidos quienes realizan exclusivamente operaciones exentas de IVA (como servicios sanitarios o educativos) y los que tributan en el Regimen Especial del Recargo de Equivalencia.
Donde presentar
Se presenta obligatoriamente de forma telematica a traves de la Sede Electronica de la Agencia Tributaria. Los plazos trimestrales son: 1-20 de abril (1T), 1-20 de julio (2T), 1-20 de octubre (3T) y 1-30 de enero del ano siguiente (4T). Las grandes empresas presentan el modelo mensualmente.
Fuente y actualidad
- Revisado el: 2026-02-19
- Los plazos de presentacion pueden variar. Consulte los plazos actuales en las instrucciones oficiales.
Errores frecuentes a evitar
- No distinguir correctamente entre IVA repercutido (ventas) e IVA soportado (compras) al cumplimentar las casillas
- Incluir facturas de gastos no deducibles como IVA soportado (gastos personales, vehiculos de uso mixto sin justificacion)
- No compensar cuotas negativas de trimestres anteriores cuando el resultado es a devolver
- Olvidar que en el cuarto trimestre (4T) se presenta junto con el Modelo 390 (resumen anual)
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Que ocurre si el IVA soportado supera al IVA repercutido?
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